Calculadora de Aguinaldo
Calcula tu aguinaldo 2026 completo o proporcional, con la parte exenta y el ISR
La ley exige mínimo 15 días; muchas empresas dan 30.
¿Trabajaste todo 2026?
Aguinaldo neto estimado
$6,736.89
- Salario diarioSueldo mensual ÷ 30
- $500.00
- Días trabajados en el año
- 365 / 365
- Aguinaldo bruto
- $7,500.00
- Parte exenta (30 UMA)30 × $117.31
- $3,519.30
- Parte gravable
- $3,980.70
- ISR retenido (estimado)
- − $763.11
Art. 87 de la LFT: se paga antes del 20 de diciembre. El ISR se estima con el método del art. 96 LISR (tarifa mensual 2026); tu patrón puede usar el método del art. 174 del Reglamento y retener un poco menos.
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Calculadora de Aguinaldo Online Gratis
Escribe tu sueldo mensual y los días de aguinaldo que te da tu empresa (la ley exige al menos 15). Si entraste este año, indica tu fecha de ingreso y la calculadora lo hace proporcional. Verás el aguinaldo bruto, cuánto está exento de impuestos (30 UMA) y el ISR que probablemente te retengan.
Ventajas de usar Calculadora de Aguinaldo
- Valores 2026: UMA de $117.31 y tarifa ISR del Anexo 8
- Aguinaldo proporcional por fecha de ingreso
- Separa la parte exenta y la gravable
- Funciona en tu navegador, sin registro
Cómo usarla en 3 pasos
- 1
Escribe tu sueldo
Ingresa tu sueldo mensual bruto.
- 2
Indica tus días
Pon los días de aguinaldo de tu contrato (mínimo 15).
- 3
Ajusta si entraste este año
Elige 'Entré este año' y escribe tu fecha de ingreso.
Preguntas frecuentes sobre Calculadora de Aguinaldo
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan por ley?
Mínimo 15 días de salario por año trabajado (art. 87 LFT). Si no trabajaste el año completo, te toca la parte proporcional a los días laborados.
¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo?
A más tardar el 20 de diciembre. Si no te lo pagan puedes acudir a la PROFEDET o a la Inspección del Trabajo.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Solo la parte que excede 30 UMA ($3,519.30 en 2026). Sobre ese excedente se retiene ISR.
¿Me toca aguinaldo si renuncio o me despiden?
Sí. El aguinaldo proporcional forma parte de tu finiquito sin importar el motivo de la salida.
¿Me toca aguinaldo si estoy por honorarios?
Por ley no: el aguinaldo es para trabajadores con relación laboral. Pero si cumples horario, recibes órdenes y cobras una cantidad fija cada quincena, la relación puede ser laboral aunque factures por honorarios, y podrías reclamarlo. La PROFEDET revisa tu caso gratis.
¿Me toca aguinaldo si estuve incapacitado?
Sí. Los días de incapacidad por enfermedad o maternidad cuentan como trabajados para el aguinaldo; las faltas injustificadas, en cambio, pueden descontarse.
¿Qué hago si no me pagan el aguinaldo?
Pídelo por escrito a tu patrón y, si no te lo paga, presenta una queja ante la PROFEDET o la Inspección Federal del Trabajo. Tienes hasta un año para reclamarlo.